Placas solares y eficiencia energética
Placas solares, aerotermia, autoconsumo colectivo y mejoras de la envolvente.
Cataluña (Código Civil catalán) · Verificado el 18/10/2026
Qué dice la norma
Basta la mayoría simple para instalar, a petición de los interesados, sistemas renovables o de eficiencia de utilidad particular en elementos comunes, aunque afecten a la estructura o a la configuración exterior. El acuerdo incluye el acceso posterior de otros propietarios si pagan su parte actualizada y la adaptación.
El art. 553-30.4 solo regula los gastos de las instalaciones de uso común (letra d del art. 553-25.2): los pagan todos y los disidentes quedan obligados si el gasto no supera 3/4 del presupuesto anual. No regula las de utilidad particular (letra e).
Quien se beneficia de equipos de eficiencia o renovables de utilidad particular situados en elementos comunes, o en elementos comunes de uso exclusivo, asume toda su conservación y mantenimiento.
Quien tiene el uso exclusivo de un elemento común (terraza, cubierta) puede hacer a su cargo mejoras de eficiencia o instalar renovables. Debe enviar el proyecto técnico 30 días antes; si la comunidad no propone una alternativa razonable y proporcionada, puede ejecutarlo.
Si la junta acuerda luego una instalación de eficiencia o renovable comunitaria incompatible con otra particular ya autorizada, la comunidad asume retirarla e indemniza los daños al propietario.
Las placas fotovoltaicas están excluidas de licencia y sujetas a comunicación previa. Se admiten sin modificar el planeamiento sobre la cubierta si no superan 1 m de altura en cubierta plana o van adosadas en paralelo en cubierta inclinada.
El antiguo régimen simplificado para renovables (art. 553-25 bis, añadido por la Ley 11/2022) fue derogado por la Ley 3/2023; ya no debe citarse.
Basta mayoría simple para las innovaciones exigibles de eficiencia energética o hídrica y para las obras de equipos de eficiencia o renovables de uso común en elementos comunes, aunque afecten a la estructura o a la configuración exterior.
Los proyectos de rehabilitación pueden autorizar ocupar suelos de sistemas o terrenos privados inedificables para intervenir en la envolvente térmica, si otra solución es inviable y no se perjudican sensiblemente la ventilación, el soleamiento o las vistas vecinas.
Instalar renovables y elementos auxiliares de uso común en elementos comunes se aprueba por mayoría simple, aunque afecte a la estructura o la fachada.
Por mayoría simple, a petición de los interesados, se pueden instalar renovables de uso particular en elementos comunes. Otros vecinos pueden sumarse después pagando su parte actualizada y la adaptación.
Participar en generación renovable compartida con otras comunidades o en comunidades energéticas locales o ciudadanas se aprueba por mayoría simple.
Las renovables de uso común acordadas por la junta las pagan todos. Los disidentes quedan obligados si el gasto no supera 3/4 del presupuesto anual ordinario, descontadas las ayudas.
Quienes se benefician de instalaciones renovables de uso particular en elementos comunes asumen todo su mantenimiento.
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