Ruidos y actividades molestas
Prohibidas las actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Ley de Propiedad Horizontal (España, salvo Cataluña) · Verificado el 18/10/2026
Qué dice la norma
No se permiten en el piso actividades prohibidas en los estatutos, dañosas para la finca o que contravengan las normas sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
El presidente, por iniciativa propia o de cualquier propietario u ocupante, requiere de forma fehaciente al infractor que cese; si persiste, con autorización de la junta puede presentar una acción de cesación (juicio ordinario, con medidas cautelares).
La sentencia puede privar del uso de la vivienda hasta 3 años y, si el infractor no es el propietario, extinguir su derecho y ordenar su lanzamiento.
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