Huecos, puertas, ventanas y rellanos

Abrir puertas o ventanas a zonas comunes, distancias y ocupar rellanos.

Ley de Propiedad Horizontal (España, salvo Cataluña) · Verificado el 18/10/2026

Qué dice la norma

No pueden hacerse innovaciones que dejen inservible alguna parte del edificio para el uso de un propietario sin su consentimiento expreso.
✔︎ Art. 17.4 último párr. LPH ↗
Un local abrió sin autorización una puerta en la fachada hacia un espacio privado de la comunidad. Los estatutos solo permitían los huecos necesarios, así que hacía falta autorización con las mayorías del art. 17 LPH.
✔︎ STS 548/2024, de 24/04/2024 (ROJ STS 2174/2024) ↗
Si los estatutos permiten abrir una puerta al zaguán, la junta decide su ubicación cuando hay discrepancia (art. 17.10 LPH), siempre que sus razones de estética y ubicación no sean arbitrarias.
✔︎ STS 599/2017, de 08/11/2017 (ROJ STS 3924/2017) ↗
La LPH no menciona los rellanos. Atribuir a un piso el uso privativo de un elemento común parece un cambio del título no regulado expresamente, que requiere unanimidad (art. 17.6). Si se hace sin acuerdo, la recuperación es una acción real (STS 107/2024).
✔︎ Art. 17.6 LPH ↗Interpretación

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