Actas y documentación

Contenido del acta, plazos, libro de actas y documentos que se guardan.

Ley de Propiedad Horizontal (España, salvo Cataluña) · Verificado el 18/10/2026

Qué dice la norma

El administrador custodia la documentación de la comunidad a disposición de los propietarios.
✔︎ LPH art. 20.1.e ↗
Los acuerdos se recogen en un libro de actas diligenciado por el Registrador de la Propiedad.
✔︎ LPH art. 19.1 ↗
El secretario custodia los libros de actas y guarda 5 años las convocatorias, comunicaciones, apoderamientos y demás documentos relevantes de las juntas.
✔︎ LPH art. 19.4 ↗
La Junta aprueba cada año el plan de gastos e ingresos y las cuentas, que prepara el administrador.
✔︎ LPH arts. 14.b y 20.1.b ↗
Contenido mínimo del acta: fecha y lugar; quién convocó; si es ordinaria o extraordinaria y en qué convocatoria; asistentes, cargos y representados con sus cuotas; orden del día; acuerdos, con votos a favor y en contra y sus cuotas cuando importe para la validez.
✔︎ LPH art. 19.2 ↗
El acta se cierra con la firma del presidente y del secretario al acabar la junta o en los 10 días naturales siguientes. Desde el cierre los acuerdos son ejecutivos.
✔︎ LPH art. 19.3 ↗
El acta se envía a los propietarios por el procedimiento de notificación del art. 9. La ley no fija un plazo concreto para enviarla.
✔︎ LPH art. 19.3 párr. 2 ↗
Los errores del acta se pueden corregir si recoge sin duda fecha, lugar, asistentes, acuerdos con votos y cuotas, y está firmada por presidente y secretario. La corrección debe hacerse antes de la siguiente Junta, que debe ratificarla.
✔︎ LPH art. 19.3 párr. 3 ↗

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