Actas y documentación
Contenido del acta, plazos, libro de actas y documentos que se guardan.
Cataluña (Código Civil catalán) · Verificado el 18/10/2026
Qué dice la norma
El secretario redacta las actas, notifica, expide certificados y guarda al menos 5 años las convocatorias, comunicaciones, poderes, la contabilidad y demás documentos relevantes.
El libro de actas se legaliza en el Registro de la Propiedad. Se conserva 30 años mientras exista la comunidad, o 5 años desde que se extinga.
La documentación de los temas del orden del día se envía con la convocatoria o se indica dónde consultarla. Si hay administrador profesional, debe tenerla disponible desde que se envía la convocatoria.
El fondo de reserva debe llevarse en contabilidad separada y en una cuenta bancaria especial a nombre de la comunidad.
Los acuerdos válidos son ejecutivos desde que se adoptan, salvo que los estatutos digan otra cosa.
Para impugnar hay que estar al corriente de las deudas vencidas cuando se adoptó el acuerdo, o haberlas consignado.
Impugnar un acuerdo no lo suspende, aunque el juez puede suspenderlo provisionalmente como medida cautelar.
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