Actas y documentación

Contenido del acta, plazos, libro de actas y documentos que se guardan.

Cataluña (Código Civil catalán) · Verificado el 18/10/2026

Qué dice la norma

El secretario redacta las actas, notifica, expide certificados y guarda al menos 5 años las convocatorias, comunicaciones, poderes, la contabilidad y demás documentos relevantes.
✔︎ CCCat art. 553-17 ↗
El libro de actas se legaliza en el Registro de la Propiedad. Se conserva 30 años mientras exista la comunidad, o 5 años desde que se extinga.
✔︎ CCCat art. 553-28 ↗
La documentación de los temas del orden del día se envía con la convocatoria o se indica dónde consultarla. Si hay administrador profesional, debe tenerla disponible desde que se envía la convocatoria.
✔︎ CCCat art. 553-21.5 ↗
El fondo de reserva debe llevarse en contabilidad separada y en una cuenta bancaria especial a nombre de la comunidad.
✔︎ CCCat art. 553-6.3 ↗
Los acuerdos válidos son ejecutivos desde que se adoptan, salvo que los estatutos digan otra cosa.
✔︎ CCCat art. 553-29 ↗
Para impugnar hay que estar al corriente de las deudas vencidas cuando se adoptó el acuerdo, o haberlas consignado.
✔︎ CCCat art. 553-31.3 ↗
Impugnar un acuerdo no lo suspende, aunque el juez puede suspenderlo provisionalmente como medida cautelar.
✔︎ CCCat art. 553-32 ↗

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