Seguro, ITE, certificado energético y desfibrilador

Qué es obligatorio para el edificio y qué no.

Normas estatales (toda España) · Verificado el 18/10/2026

Qué dice la norma

El seguro de 10 años por daños estructurales es obligatorio en edificios de vivienda. Lo contrata el promotor, y los asegurados son el promotor y los sucesivos compradores: no es una obligación de la comunidad.
✔︎ Art. 19.1.c y 19.2.a; Disposición adicional 2ª ↗
Es obligatorio, entre otros casos, al vender o alquilar una vivienda (lo gestiona su propietario) y en edificios obligados a pasar la ITE.
✔︎ Art. 3.1.b y 3.1.f ↗
Lo encarga el promotor o propietario. En viviendas de un mismo edificio puede basarse en un certificado único del edificio o en el de una vivienda representativa.
✔︎ Art. 6.1 y 6.2 ↗
Vale un máximo de 10 años, o 5 si la calificación es G. Se adjunta a la compraventa; en el alquiler se adjunta la etiqueta, que también debe aparecer en los anuncios.
✔︎ Art. 13.1 y 17.2-17.3 ↗
Solo sigue vigente el art. 29.1: la Administración puede requerir a los propietarios que acrediten el estado de conservación, accesibilidad y eficiencia. Los apartados 2 a 6, el art. 30 y el calendario de la DT 2ª fueron anulados por la STC 143/2017.
✔︎ Art. 29 (apartados 2 a 6 anulados) ↗

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