Seguro, ITE, certificado energético y desfibrilador
Qué es obligatorio para el edificio y qué no.
Normas estatales (toda España) · Verificado el 18/10/2026
Qué dice la norma
El seguro de 10 años por daños estructurales es obligatorio en edificios de vivienda. Lo contrata el promotor, y los asegurados son el promotor y los sucesivos compradores: no es una obligación de la comunidad.
Es obligatorio, entre otros casos, al vender o alquilar una vivienda (lo gestiona su propietario) y en edificios obligados a pasar la ITE.
Lo encarga el promotor o propietario. En viviendas de un mismo edificio puede basarse en un certificado único del edificio o en el de una vivienda representativa.
Vale un máximo de 10 años, o 5 si la calificación es G. Se adjunta a la compraventa; en el alquiler se adjunta la etiqueta, que también debe aparecer en los anuncios.
Solo sigue vigente el art. 29.1: la Administración puede requerir a los propietarios que acrediten el estado de conservación, accesibilidad y eficiencia. Los apartados 2 a 6, el art. 30 y el calendario de la DT 2ª fueron anulados por la STC 143/2017.
Pregúntale a Mi Rellano
Este tema en otras normas: LPH · Cataluña
Abrir Mi Rellano y preguntar por tu caso