Presidente, secretario y administrador
Nombrar y cesar cargos, funciones y responsabilidades.
Cataluña (Código Civil catalán) · Verificado el 18/10/2026
Qué dice la norma
La Junta nombra y cesa a los cargos de la comunidad.
Funciones de la presidencia: convocar y presidir la Junta, representar a la comunidad, elevar acuerdos a público y vigilar que secretario y administrador cumplan.
La Junta puede nombrar un vicepresidente que sustituye al presidente por muerte, imposibilidad, ausencia o incapacidad.
El administrador lleva los asuntos ordinarios, prepara cuentas y presupuesto, ejecuta acuerdos y cobra y paga. Responde de su actuación ante la Junta.
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