Cuotas, coeficientes y exenciones
Cómo se reparten los gastos y cuándo un piso o local queda exento.
Cataluña (Código Civil catalán) · Verificado el 18/10/2026
Qué dice la norma
Los estatutos pueden eximir a ciertos propietarios de los gastos de conservación de elementos comunes concretos, como portal, escalera, ascensores, jardines o zonas de recreo.
Las cuotas se fijan y modifican por unanimidad de los propietarios o, si no es posible, por el juez o por un procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos.
La cuota se expresa en porcentaje según superficie, ponderando uso y destino. Además pueden fijarse cuotas especiales para ciertos gastos.
Modificar las cuotas exige el voto favorable de todos los propietarios con derecho a voto. Se entiende aprobado si votan todos los participantes y ningún otro se opone por escrito en el mes siguiente a la notificación.
Los acuerdos que cambien la cuota, o que quiten a alguien el uso de elementos comunes, necesitan además el consentimiento expreso del propietario afectado.
Fijar cuotas especiales o aumentar la parte de gastos de un piso por uso desproporcionado de lo común exige 4/5 de propietarios y cuotas.
Quien tiene el uso exclusivo de un elemento común (patio, terraza, cubierta) paga su conservación. Las reparaciones por vicios estructurales o que benefician a todo el edificio son de la comunidad, salvo mal uso.
Vincular a un piso el uso exclusivo de patios, jardines, terrazas o cubiertas exige unanimidad o que conste en el título.
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