Gas y calefacción central

Inspecciones de gas, calderas comunitarias y mantenimiento.

Normas estatales (toda España) · Verificado el 18/10/2026

Qué dice la norma

Los titulares, o en su defecto los usuarios, deben mantener la instalación y los aparatos y encargar los controles periódicos. Pueden elegir libremente la empresa.
✔︎ Art. 7.1 y 7.2 ↗
Las instalaciones conectadas a la red se inspeccionan cada 5 años, también la parte común. La distribuidora avisa con 3 meses, la hace ella o un instalador habilitado, y el coste se repercute a los usuarios.
✔︎ ITC-ICG 07, apartados 4.1 y 4.1.1.a ↗
En calefacciones centralizadas o de más de 70 kW, la inspección va desde la llave del edificio hasta la conexión de los aparatos, sin incluir los aparatos.
✔︎ ITC-ICG 07, apartado 4.1 ↗
El titular debe corregir las anomalías. Las principales (cualquier fuga) obligan a cortar el gas y precintar si no se arreglan en el momento; las secundarias de estanquidad tienen 15 días hábiles.
✔︎ ITC-ICG 07, apartado 4.1.1.f y h ↗
Si la instalación no está conectada a la red de distribución, el titular debe encargar una revisión cada 5 años a una empresa instaladora.
✔︎ ITC-ICG 07, apartado 4.2 ↗
El titular debe tener la instalación térmica mantenida por una empresa mantenedora habilitada. Por encima de 70 kW necesita además un contrato de mantenimiento.
✔︎ Art. 25.5 y 26.6.b ↗
Las instalaciones de más de 70 kW tienen mantenimiento preventivo mensual. Las calderas murales de gas de hasta 70 kW en viviendas, cada 2 años.
✔︎ IT 3.3, tabla 3.1 ↗
La calefacción con generadores de más de 70 kW pasa inspección de eficiencia energética cada 4 años. La instalación completa, cada 15 años una vez que supera esa antigüedad.
✔︎ IT 4.2.1, 4.3.1 y 4.3.3 ↗

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