Pisos turísticos

En los municipios afectados hace falta licencia urbanística previa, que dura 5 años.

Cataluña (Código Civil catalán) · Verificado el 18/10/2026

Qué dice la norma

En los 262 municipios del anexo del decreto, destinar una vivienda a uso turístico requiere licencia urbanística previa, de 5 años prorrogables.
✔︎ Arts. 1 a 3 DL 3/2023 ↗
Las viviendas turísticas que ya existían tienen hasta noviembre de 2028 para obtener la licencia (con una prórroga posible de hasta 5 años).
✔︎ DT 2.ª DL 3/2023 ↗
El titular debe facilitar a los vecinos un teléfono para incidencias inmediatas y entregar a los huéspedes las normas de convivencia de la comunidad.
✔︎ Arts. 221-1 y 221-2 Decret 75/2020 ↗
Los estatutos pueden limitar las actividades que se hacen en los pisos, y modificarlos requiere 4/5 de propietarios y de cuotas.
✔︎ Arts. 553-11.2.e y 553-26.2.a CCCat ↗
El CCCat no tiene una mayoría específica para pisos turísticos; la mayoría de 3/5 de la ley estatal (art. 17.12 LPH) no estaría pensada para Cataluña.
✔︎ Libro V CCCat ↗Interpretación

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