Accesibilidad

Si vive en el edificio alguien con discapacidad o mayor de 70 años, hay obligaciones concretas.

Cataluña (Código Civil catalán) · Verificado el 18/10/2026

Qué dice la norma

Si en el edificio vive una persona con discapacidad o mayor de 70 años, la comunidad debe hacer accesibles las zonas comunes en lo técnicamente posible y pagarlo.
✔︎ Art. 17.1 Llei 13/2014 ↗
Plazo de 1 año para obras menores y 2 años para obras mayores; puede ampliarse si a un propietario le cuesta más del 33 % de sus ingresos.
✔︎ Art. 17.2 y .3 Llei 13/2014 ↗
Si la junta no lo aprueba, esas personas (o quien conviva o trabaje con ellas) pueden pedir al juez que obligue a la comunidad.
✔︎ Art. 553-25.5 CCCat ↗

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